martes, 14 de agosto de 2012

NIA 120 Marcos de referencia de NIAs


  Marcos de referencia de NIAs

CONTENIDO
                                                                        Párrafos
Introducción                                                                            1-2
Marco de referencia para informes financieros                          3
Marco de referencia para auditoría y servicios relacionados       4-5
Niveles de seguridad                                                               6-10
Auditoría                                                                               11-13
Servicios relacionados                                                           14-18
Asociación del auditor con la información financiera                19


Las Normas Internacionales sobre Auditoría (NIAs) se deberán de aplicar en la auditoría de estados financieros. Las NIAs también deberán aplicarse, adaptadas según sea necesario, a la auditoría de otra información y servicios relacionados.

Las NIAs contienen los principios básicos y los procedimientos esenciales (identificados en letra negra) junto con los lineamientos relacionados en forma de material explicativo o de otro tipo. Los principios básicos y procedimientos especiales se deberán de interpretar en el contexto del material explicativo y de otro tipo que proporciona lineamientos para su aplicación.

Para entender y aplicar los principios básicos y procedimientos esenciales junto con los lineamientos relacionados, es necesario considerar todo el texto de la NIA incluyendo el material explicativo o de otro tipo contenido en la NIA, no sólo el texto resaltado en negro.

En circunstancias excepcionales, un auditor puede juzgar necesario apartarse de una NIA para lograr en forma más efectiva el objetivo de una auditoría. Cuando surge una situación así, el auditor deberá estar preparado para justificar la desviación.

Las NIAs necesitan ser aplicadas sólo a asuntos sustanciales.


La Perspectiva del Sector Público (PSP) emitida por el Comité del Sector Público de la Federación Internacional de Contadores se expone al final de una NIA. Donde no se añade PSP, la NIA es aplicable respecto de todo lo sustancial al sector público.
Introducción
      1.   El Comité Internacional de Prácticas de Auditoría ha sido autorizado a emitir Normas Internacionales de Auditoría (NIAs). El propósito de este documento es describir el marco de referencia dentro del cual se emiten las NIAs en relación a los servicios que pueden ser desempeñados por los auditores.
      2.   Para fácil referencia, excepto donde se indique, el término "auditor" se usa a lo largo de las NIAs cuando se describe tanto la auditoría como los servicios relacionados que pueden ser desempeñados. Tal referencia no tiene la intención de implicar que una persona que desempeñe servicios relacionados necesite ser el auditor de los estados financieros de la entidad.

Marco de referencia para informes financieros

      3.   Los estados financieros ordinariamente son preparados y presentados anualmente y están dirigidos hacia las necesidades comunes de información de un amplio rango de usuarios. Muchos de esos usuarios confían en los estados financieros como su fuente principal de información porque no tienen el poder de obtener información adicional para satisfacer sus necesidades específicas de información. Así, los estados financieros necesitan ser preparados de acuerdo con una o la combinación de:
(a)       Normas Internacionales de Contabilidad;
(b)       Normas nacionales de contabilidad;
(c)        Algún otro marco de referencia para informes financieros integral y con autoridad que haya sido diseñado para uso en los informes financieros y que es identificado en los estados financieros.

Marco de referencia para auditoría y servicios relacionados

      4.   Este Marco de Referencia distingue auditoría de servicios relacionados. Servicios relacionados comprende revisiones, procedimientos convenidos y compilaciones. Según se ilustra en el diagrama siguiente, las auditorías y revisiones son diseñadas para hacer posible que el auditor proporcione niveles altos y moderados de certeza respectivamente, usándose tales términos para indicar su jerarquización comparativa. Los trabajos para realizar procedimientos convenidos y compilaciones no tienen la intención de hacer posible que el auditor exprese certeza.

Auditoría

__________ Servicios Relacionados ___________

Naturaleza del Servicio
Auditoría

Revisión

  
Procedimientos
convenidos

Compilación













Nivel comparativo de certeza provisto por el auditor
Certeza alta, pero no absoluta

Certeza moderada

No Certeza

No Certeza













Informe proporciona
Certeza positiva sobre aseveraciones

Certeza o seguridad negativa sobre aseveraciones

Descubrimien-
tos actuales de procedimientos

Identificación de información compilada

      5.   El marco de referencia no aplica a otros servicios proporcionados por los auditores como impuestos, consultoría, y asesoría financiera y contable.

Niveles de certeza

      6.   Certeza en el contexto de este marco de referencia se refiere a la satisfacción del auditor sobre la confiabilidad de una aseveración hecha por una de las partes para uso de otra de las partes. Para proporcionar tal certeza, el auditor pondera la evidencia colectada como un resultado de los procedimientos conducidos y expresa una conclusión. El grado de satisfacción logrado y, por lo tanto, el nivel de certeza que pueda ser proporcionado se determina por los procedimientos desarrollados y sus resultados.
      7.   En un trabajo de auditoría, el auditor proporciona un nivel alto, pero no absoluto, de certeza de que la información sujeta a auditoría está libre de representaciones erróneas sustanciales. Esto es expresado positivamente en el dictamen de auditoría como certeza razonable.
      8.   En un trabajo de revisión, el auditor proporciona un nivel moderado de certeza de que la información sujeta a revisión está libre de representaciones erróneas sustanciales. Esto es expresado en la forma de certeza negativa.
      9.   Para procedimientos convenidos, ya que el auditor simplemente proporciona un informe de los resultados actuales, no se expresa opinión. En vez, los usuarios del informe ponderan por sí mismos los procedimientos y resultados informados por el auditor y sacan sus propias conclusiones a partir del trabajo del auditor.
      10. En un trabajo de compilación, aunque los usuarios de la información compilada deriven algún beneficio de la participación del contador1, no se expresa certeza en el informe.

Auditoría

      11. El objetivo de una auditoría de estados financieros es hacer posible que el auditor exprese una opinión sobre si los estados financieros están preparados, respecto de todo lo sustancial, de acuerdo con un marco de referencia para Informes financieros identificado. Las frases usadas para expresar la opinión del auditor son "dar un punto de vista verdadero y justo" o "presentar razonablemente, respecto de todo lo sustancial", son términos equivalentes. Un objetivo similar aplica a la auditoría de información financiera o de otro tipo preparada de acuerdo con criterios apropiados.
      12. En la formación de la opinión de auditoría, el auditor obtiene suficiente evidencia de auditoría apropiada para poder sacar conclusiones sobre las cuales basar dicha opinión.
      13. La opinión del auditor enriquece la credibilidad de los estados financieros al proporcionar un alto, pero no absoluto, nivel de certeza. La absoluta certeza en auditoría no es obtenible como un resultado de factores tales como la necesidad de ejercer juicio, el uso de pruebas, las limitaciones inherentes de cualesquier sistemas de contabilidad y de control interno, y el hecho de que la mayor parte de la evidencia disponible al auditor es de naturaleza más persuasiva que conclusiva.

Servicios Relacionados

Revisiones
      14. El objetivo de una revisión de estados financieros es hacer posible a un auditor[i]2 declarar si, sobre la base de procedimientos que no proporcionan toda la evidencia que sería requerida en una auditoría, algo ha surgido a la atención del auditor que hace que el auditor crea que los estados financieros no están preparados, respecto de todo lo sustancial, de acuerdo con un marco de referencia para informes financieros identificado. Un objetivo similar aplica a la revisión de información financiera o de otro tipo preparada de acuerdo con criterios apropiados.
Para distinguir trabajos de compilación de los de auditoría y servicios relacionados el término "contador"    (y no "auditor") ha sido usado para referirse a un contador profesional públicamente en ejercicio.
      15. Una revisión comprende investigación y procedimientos analíticos diseñados para revisar la confiabilidad de una aseveración que es responsabilidad de una parte para uso de otra parte. Si bien una revisión implica la aplicación de habilidades y técnicas de auditoría y el acopio de evidencia, no implica ordinariamente una evaluación de los sistemas de contabilidad y de control interno, pruebas de registros y de respuestas a investigaciones por la obtención de evidencia confirmatoria mediante inspección, observación, confirmación y conteo, que son procedimientos ordinariamente llevados a cabo durante una auditoría.
      16. Aunque el auditor trata de darse cuenta de todos los asuntos de importancia, los procedimientos de una revisión hacen que el logro de este objetivo sea menos probable que en un trabajo de auditoría, así que, el nivel de certeza provisto en un informe de revisión es correspondientemente menor que el dado en un dictamen de auditoría.
Procedimientos Convenidos
      17. En un trabajo para realizar procedimientos convenidos, un auditor[ii]3 es contratado para llevar a cabo dichos procedimientos de naturaleza de auditoría sobre los que el auditor y la entidad y cualesquiera terceras partes apropiadas han convenido y a informar sobre los resultados actuales. Los destinatarios del informe deben formarse sus propias conclusiones a partir del informe del auditor. El informe se restringe a aquellas partes que han convenido en que los procedimientos se realicen ya que otros, no enterados de las razones para los procedimientos, pueden malinterpretar los resultados.
Compilaciones
      18. En un trabajo de compilación, el contador[iii]4 es contratado para que use los conocimientos contables en oposición a los conocimientos de auditoría para colectar, clasificar, y resumir información financiera. Esto ordinariamente conlleva la reducción de datos detallados a una forma manejable y comprensible sin requerirse poner a prueba las aseveraciones subyacentes a esa información. Los procedimientos empleados no pretenden y no hacen posible que el contador exprese ninguna certeza sobre la información financiera. Sin embargo, los usuarios de la información financiera compilada derivan algún beneficio como resultado de la participación del contador porque el servicio ha sido desempeñado con la debida habilidad profesional y cuidado.

Asociación del auditor con la información financiera

      19. Un auditor[iv]5 es asociado con la información financiera cuando el auditor anexa un informe a esa información o consiente en el uso del nombre del auditor en una relación profesional. Si el auditor no es asociado de esta manera, las terceras partes no pueden asumir ninguna responsabilidad del auditor. Si el auditor se enterara que una entidad está usando inapropiadamente el nombre del auditor en asociación con información financiera el auditor requeriría a la administración que dejara de hacerlo y consideraría qué pasos adicionales, si fuera necesario, tendrían que darse, tales como informar a terceras partes usuarios de la información, del uso inapropiado del nombre del auditor en conexión con la información. El auditor puede también estimar necesario tomar otra acción, por ejemplo, buscar asesoría legal.

Perspectiva del Sector Público

      1.   El Comité del Sector Público (CSP) emite pronunciamientos dirigidos a desarrollar y armonizar las prácticas de informes, contabilidad y auditoría financieros. "Sector Público" se refiere a gobiernos nacionales, regionales (estatal, provincial, territorial), locales (ciudad, población) y entidades gubernamentales relacionadas (agencias, consejos, comisiones, y empresas). El CSP considera y hace uso de los pronunciamientos emitidos por IAPC al grado en que sean aplicables al sector público.
      2.   Los gobiernos, las empresas de negocios del gobierno y otras entidades del sector público distintas de los negocios, ordinariamente preparan estados financieros para informar sobre su posición financiera (o aspectos concernientes), resultados de operaciones y flujos de efectivo, para uso por parte de legisladores, departamentos del gobierno, inversionistas externos, empleados, otorgadores de préstamos, el público y otros usuarios. La auditoría de dichos estados financieros puede ser la responsabilidad de una Institución Suprema de Auditoría, otros organismos nombrados por estatuto o auditores en funciones.
      3.   Cada vez que se ha de expresar una opinión de auditoría sobre estados financieros, los mismos principios de auditoría aplican sin importar la naturaleza de la entidad, porque los usuarios de los estados financieros auditados tienen derecho a una calidad uniforme de desempeño de la auditoría. Considerando que las NIAs exponen los principios básicos de auditoría y prácticas y procedimientos relacionados, aplican a auditorías de los estados financieros de los gobiernos y de otras entidades del sector público. Sin embargo, la aplicación de ciertas NIAs puede necesitar ser clarificada o suplementada para acomodarse a las circunstancias del sector público y a la perspectiva de jurisdicciones individuales, particularmente al referirse a las auditorías de gobiernos y de otras entidades del sector público, distintas de las de negocios. La naturaleza de asuntos potenciales para clarificación o suplementación se identifica en "Perspectiva del Sector Público" (PSP) incluida al final de cada NIA.
      4.   Los estados financieros de gobiernos, empresas de negocios del gobierno y otras entidades del sector público distintas de los negocios, pueden incluir información que es diferente de, o adicional a, la contenida en los estados financieros de las entidades del sector privado (por ejemplo, comparaciones de desembolsos en el periodo con límites establecidos por la legislación). En tales circunstancias, pueden requerirse modificaciones apropiadas a la naturaleza, tiempos y extensión de los procedimientos de auditoría y del informe del auditor.
      5.   Más aún, a los gobiernos y las entidades del sector público distintas de los negocios, así como a algunas empresas de negocios del gobierno, se les requiere un logro de prestación de servicios así como de objetivos financieros. Para dichas entidades, los estados financieros, por sí mismos, es poco probable que informen adecuadamente sobre todos los aspectos del comportamiento de la entidad. Consecuentemente, puede requerirse a estas entidades del sector público que incluyan en su informe anual otros indicadores de comportamiento relacionados a asuntos como niveles de productividad, calidad y volumen del servicio, y el grado al cual los objetivos de la prestación de servicios en particular han sido logrados. No se supone que la PSP incluida en las NIAs aplique a la auditoría de tal información.
      6.   Además, se puede requerir a los auditores de entidades del sector público que informen sobre:
(a)       cumplimiento con los requisitos legislativos o reguladores y con autoridades relacionadas;
(b)       adecuación de los sistemas de contabilidad y de control interno; y
(c)        la economía, eficiencia y efectividad de los programas, proyectos y actividades.
Las PSPs tampoco aplican a dichos informes.
            7.         Si no se añade una PSP al final de una NIA, la NIA es aplicable respecto de todo lo sustancial a la auditoría de estados financieros en el sector público.


[i]2         Según se explicó en el párrafo 2, el término auditor se usa cuando se describen tanto la auditoría como los servicios relacionados. Dicha referencia no pretende implicar que una persona que desempeña los servicios relacionados necesita ser el auditor de los estados financieros de la entidad.
[ii]3   Ver nota 2.
[iii]4   Ver nota 1.
[iv]5       Incluyendo a un contador contratado para desempeñar trabajos de compilación.

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NIA 200-299 Responsabilidades


NIA 200-299 Responsabilidades

NIA 200 Objetivo y principios generales que gobiernan una auditoría de estados financieros

CONTENIDO
Párrafos
Introducción                                                                            1
Objetivo de una auditoría                                                         2-3
Principios generales de una auditoría                                        4-6
Alcance de una auditoría                                                          7
Certeza razonable                                                                    8-11
Responsabilidad por los estados financieros                          12


 Las Normas Internacionales sobre Auditoría (NIAs) se deben aplicar en la auditoría de los estados financieros. Las NIAs también deben aplicarse, adaptadas según sea necesario, a la auditoría de otra información y a servicios relacionados. Las NIAs contienen los principios básicos y los procedimientos esenciales (identificados en letra negra) junto con los lineamientos relativos en forma de material explicativo y de otro tipo.  Los principios básicos y los procedimientos esenciales deben interpretarse en el contexto del material explicativo y de otro tipo que proporciona lineamientos para su aplicación. Para comprender y aplicar los principios básicos y los procedimientos esenciales junto con los lineamientos relativos, es necesario considerar el texto íntegro de la NIA incluyendo el material explicativo y de otro tipo contenido en la NIA, y no sólo el texto resaltado en negro. En circunstancias especiales, una auditor puede juzgar necesario apartarse de una NIA para lograr en forma más efectiva el objetivo de una auditoría. Cuando surge una situación así, el auditor deberá estar preparado para justificar la desviación. Las NIAs necesitan ser aplicadas sólo a asunto sustanciales.

La Perspectiva del Sector Público (PSP) emitida por el Comité del Sector Público de la Federación Internacional de Contadores se expone al final de una NIA. Cuando no se añade PSP, la NIA es aplicable respecto de todo lo sustancial al sector público.
Introducción
      1.   El propósito de esta Norma Internacional sobre Auditoría (NIA) es establecer normas y dar lineamientos sobre el objetivo y los principios generales que gobiernan una auditoría de estados financieros. Esta NIA deberá leerse conjuntamente con el Marco de Referencia de las Normas Internacionales de Auditoría.

Objetivo de una auditoría

      2.   El objetivo de una auditoría de estados financieros es hacer posible al auditor expresar una opinión sobre si los estados financieros están preparados, respecto de todo lo sustancial, de acuerdo con un marco de referencia para informes financieros identificado.  Las frases usadas para expresar la opinión del auditor son "dar una visión verdadera y justa" o "presentar razonablemente, respecto de todo lo sustancial", que son términos equivalentes.
      3.   Aunque la opinión del auditor aumenta la credibilidad de los estados financieros, el usuario no puede asumir que la opinión es una seguridad en cuanto a la futura viabilidad de la entidad ni a la eficiencia o efectividad con que la administración ha conducido los asuntos de la entidad.

Principios generales de una auditoría

      4.   El auditor deberá cumplir con el "Código de Ética para los Contadores Profesionales" emitido por la Federación Internacional de Contadores. Los principios éticos que gobiernan las responsabilidades profesionales del auditor son:
(a)       independencia;
(b)       integridad;
(c)        objetividad;
(d)       competencia profesional y debido cuidado;
(e)       confidencialidad;
(f)        conducta profesional; y
(g)       normas técnicas.
      5.   El auditor deberá conducir una auditoría de acuerdo a las Normas Internacionales de Auditoría. Estas contienen principios básicos y procedimientos esenciales junto con lineamientos relativos en forma de material explicativo o de otro tipo.
      6.   El auditor deberá planear y desempeñar la auditoría con una actitud de escepticismo profesional reconociendo que pueden existir circunstancias que causen que los estados financieros estén sustancialmente representados en forma errónea.   Por ejemplo, el auditor ordinariamente esperaría encontrar evidencia para apoyar las representaciones de la administración y no asumir que son necesariamente correctas.

Alcance de una auditoría

      7.   El término "alcance de una auditoría" se refiere a los procedimientos de auditoría considerados necesarios en las circunstancias para lograr el objetivo de la auditoría.   Los procedimientos requeridos para conducir una auditoría de acuerdo a las NIAs deberán ser determinados por el auditor teniendo en cuenta los requisitos de las NIAs, a los organismos profesionales importantes, la legislación, los reglamentos y, donde sea apropiado, los términos del contrato de auditoría y requisitos para dictámenes.

Certeza razonable

      8.   Una auditoría de acuerdo a las NIAs tiene el propósito de proporcionar una certeza razonable de que los estados financieros tomados en forma integral están libres de representaciones erróneas sustanciales. Certeza razonable es un concepto que se refiere a la acumulación de la evidencia de auditoría necesaria para que el auditor concluya que no hay representaciones erróneas sustanciales en los estados financieros tomados en forma integral. La certeza razonable tiene relación con el proceso de auditoría total.
      9.   Sin embargo, hay limitaciones inherentes en una auditoría que afectan la capacidad del auditor para detectar representaciones erróneas sustanciales. Estas limitaciones resultan de factores como:
       El uso de pruebas
       Las limitaciones inherentes de cualquier sistema de contabilidad y de control interno (por ejemplo, la posibilidad de colusión).
       El hecho de que la mayor parte de la evidencia de auditoría es más bien persuasiva que conclusiva..
      10. También, el trabajo emprendido por el auditor para formar una opinión está influido por el ejercicio de juicio, en particular respecto a:
(a)       el acopio de evidencia de auditoría, por ejemplo, para decidir la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría; y
(b)       la extracción de conclusiones basadas en la evidencia de auditoría reunida, por ejemplo, evaluar la razonabilidad de las estimaciones hechas por la administración al preparar los estados financieros.
      11. Más aún, otras limitaciones pueden afectar la persuasividad de las evidencia disponibles para extraer conclusiones sobre aseveraciones particulares de los estados financieros (por ejemplo, transacciones entre partes relacionadas). En estos casos, ciertas NIAs identifican procedimientos especificados que proporcionarán, a causa de la naturaleza de las aseveraciones particulares, suficiente evidencia de auditoría apropiada en ausencia de:
(a)       circunstancias inusuales que aumentan el riesgo de representaciones erróneas sustanciales más allá de lo que ordinariamente se esperaría; o
(b)       cualquiera indicación de que ha ocurrido una representación errónea sustancial.

Responsabilidad por los estados financieros

      12. Si bien el auditor es responsable de formar y expresar una opinión sobre los estados financieros, la responsabilidad de preparar y presentar los estados financieros es de la administración de la entidad. La auditoría de los estados financieros no releva a la administración de sus responsabilidades.

Perspectiva del Sector Público

      1.   Independientemente de si una auditoría está siendo conducida en el sector privado o público, los principios básicos de auditoría permanecen los mismos. Lo que puede diferir para las auditorías llevadas a cabo en el sector público es el objetivo y alcance da la auditoría. Estos factores son a menudo atribuibles a diferencias en el mandato de la auditoría y a los requerimientos legales o la forma de informar (por ejemplo, puede requerirse a las entidades del sector público preparar informes financieros adicionales).
      2.   Cuando se llevan a cabo auditorías de entidades del sector público, el auditor necesitará tomar en cuenta los requerimientos específicos de cualesquier otros reglamentos, ordenanzas, o directivas ministeriales importantes que afecten el mandato de auditoría y cualesquier requerimientos especiales de auditoría, incluyendo la necesidad de considerar temas de seguridad nacional.  Los mandatos de auditoría pueden ser más específicos que los del sector privado, y a menudo abarcan un rango más extenso de objetivos y un alcance más amplio del que es ordinariamente aplicable para la auditoría de estados financieros del sector privado. Los mandatos y requerimientos pueden también afectar, por ejemplo, el grado de discreción del auditor para establecer la sustancialidad, al reportar fraude o error, y para la forma del dictamen de auditoría. Pueden también existir diferencias en el enfoque y estilo de la auditoría. Sin embargo, estas diferencias no constituirían una diferencia en los principios básicos y procedimientos esenciales.
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NIA 210 Terminos De Los Trabajos De Auditoria


NIA 210 Terminos De Los Trabajos De Auditoria

CONTENIDO
Párrafos
Introdución                                                                              1-4
Cartas compromiso de auditoría                                               5-9
Auditorías recurrentes                                                            10-11
Aceptación de un cambio en el compromiso                           12-19
Apéndice: Ejemplo de una carta compromiso de auditoría


Las Normas Internacionales de Auditoría (NIAs) deben aplicarse en la auditoría de los estados financieros. Las NIAs también deben aplicarse, adaptadas según sea necesario, a la auditoría de otra información y a servicios relacionados.
Las NIAs contienen los principios básicos y procedimientos esenciales (identificados en letra negra) junto con los lineamientos relativos en forma de material explicativo y de otro tipo. Los principios básicos y procedimientos esenciales deben interpretarse en el contexto del material explicativo y de otro tipo que proporciona lineamientos para su aplicación.
Para comprender y aplicar los principios básicos y procedimientos esenciales junto con los lineamientos relativos, es necesario considerar el texto íntegro de la NIA incluyendo el material explicativo y de otro tipo contenido en la NIA, y no sólo el texto resaltado en negro.
En circunstancias especiales, un auditor puede juzgar necesario apartarse de una NIA para lograr más efectivamente el objetivo de una auditoría. Cuando surge una situación así, el auditor deberá estar preparado para justificar la desviación.
Las NIAs necesitan ser aplicadas sólo a asuntos sustanciales.

La Perspectiva del Sector Público (PSP) emitida por el Comité del Sector Público de la Federación Internacional de Contadores se expone al final de una NIA. Cuando no se añade PSP, la NIA es aplicable respecto de todo lo sustancial al sector público.
Introducción
      1.   El propósito de esta Norma Internacional de auditoría (NIA) es establecer normas y dar lineamientos sobre:
(a)       el acuerdo de los términos del trabajo con el cliente; y
(b)       la respuesta del auditor a una petición de un cliente para cambiar los términos de un trabajo por otro que brinda un nivel más bajo de certidumbre.
      2.   El auditor y el cliente deberán acordar los términos del trabajo.  Los términos convenidos necesitarían ser registrados en una carta compromiso de auditoría u otra forma apropiada de contrato.
      3.   Esta NIA pretende ayudar al auditor en la preparación de cartas compromiso relativas a auditorías de estados financieros. Los lineamientos son también aplicables a servicios relacionados. Cuando se ha de prestar otros servicios como servicios de asesoría sobre impuestos, contabilidad, o administración, puede ser apropiado emitir cartas por separado.
      4.   En algunos países, el objetivo y alcance de una auditoría y las obligaciones del auditor son establecidas por la ley. Aún en esas situaciones el auditor puede todavía encontrar que las cartas compromiso son informativas para sus clientes.

Cartas compromiso de auditoría

      5.   Conviene a los intereses tanto del cliente como del auditor que el auditor envíe una carta compromiso, preferiblemente antes del inicio del trabajo, para ayudar a evitar malos entendidos respecto del trabajo. La carta compromiso documenta y confirma la aceptación del nombramiento por parte del auditor, el objetivo y alcance de la auditoría, el grado de las responsabilidades del auditor hacia el cliente y la forma de cualesquier informes.
Contenido principal
      6.   La forma y contenido de las cartas compromiso pueden variar para cada cliente, pero generalmente incluirían referencia a:
   El objetivo de la auditoría de estados financieros.
   Responsabilidad de la administración por los estados financieros.
   El alcance de la auditoría, incluyendo referencia a legislación aplicable, reglamentos, o pronunciamientos de organismos profesionales a los cuales se adhiere el auditor.
   La forma de cualesquier informes u otra comunicación de resultados del trabajo.
   El hecho de que, a causa de la naturaleza de prueba (pruebas selectivas) y otras limitaciones inherentes de una auditoría, junto con las limitaciones inherentes de cualquier sistema de contabilidad y control interno, hay un riesgo inevitable de que aún algunas representaciones erróneas sustanciales puedan permanecer sin ser descubiertas.
   Acceso sin restricción a cualesquier registros, documentación y otra información solicitada en conexión con la auditoría.
      7.   El auditor puede también desear incluir en la carta:
   Arreglos respecto de la planeación de la auditoría.
   Expectativa de recibir de la administración una confirmación escrita referente a las representaciones hechas en conexión con la auditoría.
   Petición al cliente de confirmar los términos del trabajo acusando recibo de la carta compromiso.
   Descripción de cualesquiera otras cartas o informes que el auditor espere emitir para el cliente.
   Bases sobre las que se calculan los honorarios y cualesquier arreglos para facturación.
      8.   Cuando se considere importante, pudieran señalarse los siguientes puntos:
   Arreglos concernientes a la involucración de otros auditores y expertos en algunos aspectos de la auditoría.
   Arreglos concernientes a la involucración de auditores internos y algún otro personal del cliente.
   Arreglos por hacer con el auditor precursor, si hay uno, en el caso de una auditoría inicial.
   Cualquiera restricción de la responsabilidad del auditor cuando exista tal posibilidad.
   Una referencia a cualesquier acuerdos adicionales entre el auditor y el cliente.
En el apéndice se expone un ejemplo de una carta compromiso de auditoría.
Auditorías de componentes
      9.   Cuando el auditor de una entidad tenedora (o controladora) es también el auditor de su subsidiaria, rama o división (componente), los factores que influyen en la decisión de si hay que mandar una carta compromiso por separado al componente, incluyen:
   Quién nombra al auditor del componente..
   Si debe emitirse un dictamen de auditoría sobre el componente por separado.
   Requisitos legales..
   El grado de cualquier trabajo desempeñado por otros auditores.
   Proporción en que la tenedora es propietaria.
   Grado de independencia de la administración del componente..

Auditorías recurrentes

      10. En las auditorías recurrentes, el auditor deberá considerar si las circunstancias requieren que los términos del trabajo sean revisados y si hay necesidad de recordarle al cliente los términos existentes del trabajo.
      11. El auditor puede decidir no mandar una nueva carta compromiso cada periodo. Sin embargo, los siguientes factores pueden hacer apropiado el mandar una nueva carta:
   Cualquiera indicación de que el cliente malentiende el objetivo y alcance de la auditoría.
   Cualesquier términos del trabajo revisados o especiales.
   Un cambio reciente de alta gerencia, consejo de directores, o propiedad.
   Un cambio importante en la naturaleza o tamaño del negocio del cliente.
   Requisitos legales

Aceptación de un cambio en el trabajo

      12. Un auditor a quien se pide, antes de la terminación del trabajo, que cambie el trabajo a uno que proporcione un nivel más bajo de certidumbre, deberá considerar si es apropiado hacerlo.
      13. Una petición de un cliente para que el auditor cambie el trabajo puede ser resultado de un cambio en las circunstancias que afectan la necesidad del servicio, un malentendido en cuanto a la naturaleza de una auditoría o servicio relacionado originalmente solicitado, o una restricción sobre el alcance del trabajo, ya sea impuesta por la administración o causada por las circunstancias. El auditor debe considerar cuidadosamente la razón dada para la petición, particularmente las implicaciones de una restricción sobre el alcance del trabajo.
      14. Un cambio en las circunstancias que afecta los requerimientos de la entidad o un malentendido concerniente a la naturaleza del servicio originalmente pedido sería ordinariamente considerado una base razonable para pedir un cambio en el trabajo. En contraste, un cambio no sería considerado razonable si mostrara que el cambio se refiere a información que es incorrecta, incompleta, o de algún otro modo insatisfactoria.
      15. Antes de convenir en cambiar un trabajo de auditoría a un servicio relacionado, un auditor que fue contratado para desempeñar una auditoría de acuerdo a Normas Internacionales de Contabilidad (NICs) debe considerar, además de los asuntos anteriores. Cualesquiera implicaciones legales o contractuales del cambio.
      16. Si el auditor concluye, que hay justificación razonable para cambiar el trabajo y si el trabajo de auditoría desarrollado cumple con las NIAs aplicables al trabajo cambiado, el dictamen emitido sería el apropiado para los términos revisados del trabajo. Para evitar confusiones al lector, el dictamen no incluiría referencia a:
(a)       el trabajo original; o
(b)       cualesquier procedimientos que puedan haber sido desempeñados en el trabajo original, excepto donde el trabajo sea cambiado a un trabajo para llevar a cabo procedimientos convenidos y así. la referencia a los procedimientos desempeñados es una parte normal del dictamen.
      17. Donde los términos del trabajo son cambiados, el auditor y el cliente deberán estar de acuerdo sobre los nuevos términos
      18. El auditor no deberá estar de acuerdo con un cambio de trabajo donde no hay justificación razonable para hacerlo.   Un ejemplo podría ser un trabajo de auditoría donde el auditor no puede obtener suficiente evidencia de auditoría apropiada respecto de cuentas por cobrar y el cliente pide que el trabajo sea cambiado a un trabajo de revisión para evitar una opinión de auditoría calificada o una abstención de opinión.
      19. Si el auditor no puede estar de acuerdo con un cambio del trabajo y no se le permite continuar el trabajo original, el auditor deberá retirarse y considerar si hay alguna obligación, ya sea contractual o de otro tipo, de reportar a otras partes, como el consejo de directores o de accionistas, las circunstancias que hacen necesario el retiro.

Perspectiva del Sector Público

      1.   El propósito de la carta compromiso es informar al auditado sobre la naturaleza del trabajo y clarificar las responsabilidades de la partes involucradas. La legislación y reglamentos que gobiernan las operaciones de las auditorías del sector público generalmente ordenan el nombramiento de un auditor del sector público y puede no ser una práctica común el uso de cartas compromiso de auditoría. No obstante, puede ser útil a ambas partes, una carta que exponga la naturaleza del trabajo o que reconozca un trabajo no indicado en el mandato legislativo. Los auditores del sector público tienen que considerar seriamente la emisión de cartas compromiso de auditoría cuando se hagan cargo de una auditoría.
      2.   Los párrafos 12 a 19 de esta NIA tratan de la acción que un auditor del sector privado puede realizar cuando hay intentos de cambiar un trabajo de auditoría a uno que proporcione un nivel más bajo de seguridad. En el sector público pueden existir requisitos específicos dentro de la legislación que gobierna el mandato de auditoría; por ejemplo, puede requerirse al auditor que reporte directamente a un ministro, a la legislatura o al público si la administración (incluyendo al jefe de departamento) intenta limitar el alcance de la auditoría.

Apéndice: Ejemplo de una carta compromiso de auditoría

La siguiente carta es para uso como una guía conjuntamente con las consideraciones señaladas en esta NIA y necesitará variar de acuerdo a los requerimientos y circunstancias individuales.
Al Consejo de Administración o al representante apropiado de la alta gerencia:
Ustedes nos han solicitado que auditemos el balance general de fecha.... y los estados relativos de resultados y flujos de efectivo por el año que termina en esa fecha. Por medio de la presente, tenemos el agrado de confirmar nuestra aceptación y nuestro entendimiento de este compromiso. Nuestra auditoría será realizada con el objetivo de que expresemos una opinión sobre los estados financieros.
Efectuaremos nuestra auditoría de acuerdo con Normas Internacionales de Auditoría (o normas o prácticas nacionales relevantes). Dichas NIAs requieren que planeemos y desempeñemos la auditoría para obtener una certeza razonable sobre si los estados financieros están libres de representaciones erróneas importantes. Una auditoría incluye el examen, sobre una base de pruebas, de la evidencia que soporta los montos y revelaciones en los estados financieros. Una auditoría también incluye evaluar los principios contables usados y las estimaciones importantes hechas por la gerencia, así como evaluar la presentación global del estado financiero.
En virtud de la naturaleza comprobatoria y de otras limitaciones inherentes de una auditoría, junto con las limitaciones inherentes de cualquier sistema de contabilidad y control interno, hay un riesgo inevitable de que aún algunas representaciones erróneas importantes puedan permanecer sin ser descubiertas.
Además de nuestro dictamen sobre los estados financieros, esperamos proporcionarle una carta por separado, referente a cualesquiera debilidades sustanciales en los sistemas de contabilidad y control interno que vengan a nuestra atención.
Les recordamos que la responsabilidad por la preparación de los estados financieros incluyendo la adecuada revelación, corresponde a la administración de la compañía. Esto incluye el mantenimiento de registros contables y de controles internos adecuados, la selección y aplicación de políticas de contabilidad, y la salvaguarda de los activos de la compañía. Como parte del proceso de nuestra auditoría, pediremos de la administración confirmación escrita referente a las representaciones hechas a nosotros en conexión con la auditoría.
Esperamos una cooperación total con su personal y confiamos en que ellos pondrán a nuestra disposición todos los registros, documentación, y otra información que se requiera en relación con nuestra auditoría. Nuestros honorarios que se facturarán a medida que avance el trabajo, se basan en el tiempo requerido por las personas asignadas al trabajo más gastos directos. Las cuotas por hora individuales varían según el grado de responsabilidad involucrado y la experiencia y pericia requeridas.
Esta carta será efectiva para años futuros a menos que se cancele, modifique o substituya.
Favor de firmar y devolver la copia adjunta de esta carta para indicar su comprensión y acuerdo sobre los arreglos para nuestra auditoría de los estados financieros.
XYZ y Cía.
Acuse de recibo a nombre de
ABC y Cía.
(firmada)
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Nombre y título
Fecha

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