Marcos de referencia de NIAs
CONTENIDO
Párrafos
Introducción 1-2
Marco de referencia para informes financieros 3
Marco de referencia para auditoría y servicios
relacionados 4-5
Niveles de seguridad 6-10
Auditoría 11-13
Servicios relacionados 14-18
Asociación del auditor con la información financiera 19
Las Normas Internacionales
sobre Auditoría (NIAs) se deberán de aplicar en la auditoría de estados
financieros. Las NIAs también deberán aplicarse, adaptadas según sea
necesario, a la auditoría de otra información y servicios relacionados.
Las NIAs contienen los principios básicos y los procedimientos esenciales (identificados en letra negra) junto con los lineamientos relacionados en forma de material explicativo o de otro tipo. Los principios básicos y procedimientos especiales se deberán de interpretar en el contexto del material explicativo y de otro tipo que proporciona lineamientos para su aplicación. Para entender y aplicar los principios básicos y procedimientos esenciales junto con los lineamientos relacionados, es necesario considerar todo el texto de la NIA incluyendo el material explicativo o de otro tipo contenido en la NIA, no sólo el texto resaltado en negro. En circunstancias excepcionales, un auditor puede juzgar necesario apartarse de una NIA para lograr en forma más efectiva el objetivo de una auditoría. Cuando surge una situación así, el auditor deberá estar preparado para justificar la desviación. Las NIAs necesitan ser aplicadas sólo a asuntos sustanciales. |
La
Perspectiva del Sector Público (PSP) emitida por el Comité del Sector Público
de la Federación Internacional de Contadores se expone al final de una NIA.
Donde no se añade PSP, la NIA es aplicable respecto de todo lo sustancial al
sector público.
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Introducción
1. El Comité Internacional de Prácticas de
Auditoría ha sido autorizado a emitir Normas Internacionales de Auditoría
(NIAs). El propósito de este documento es describir el marco de referencia
dentro del cual se emiten las NIAs en relación a los servicios que pueden ser
desempeñados por los auditores.
2. Para fácil referencia, excepto donde se
indique, el término "auditor" se usa a lo largo de las NIAs cuando se
describe tanto la auditoría como los servicios relacionados que pueden ser
desempeñados. Tal referencia no tiene la intención de implicar que una persona
que desempeñe servicios relacionados necesite ser el auditor de los estados
financieros de la entidad.
Marco de referencia para informes financieros
3. Los estados financieros ordinariamente son
preparados y presentados anualmente y están dirigidos hacia las necesidades
comunes de información de un amplio rango de usuarios. Muchos de esos usuarios
confían en los estados financieros como su fuente principal de información
porque no tienen el poder de obtener información adicional para satisfacer sus
necesidades específicas de información. Así, los estados financieros necesitan
ser preparados de acuerdo con una o la combinación de:
(a) Normas Internacionales de Contabilidad;
(b) Normas nacionales de contabilidad;
(c) Algún otro marco de referencia para
informes financieros integral y con autoridad que haya sido diseñado para uso
en los informes financieros y que es identificado en los estados financieros.
Marco de referencia para auditoría y servicios relacionados
4. Este Marco de Referencia distingue auditoría
de servicios relacionados. Servicios relacionados comprende revisiones,
procedimientos convenidos y compilaciones. Según se ilustra en el diagrama
siguiente, las auditorías y revisiones son diseñadas para hacer posible que el
auditor proporcione niveles altos y moderados de certeza respectivamente,
usándose tales términos para indicar su jerarquización comparativa. Los
trabajos para realizar procedimientos convenidos y compilaciones no tienen la
intención de hacer posible que el auditor exprese certeza.
Auditoría
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Servicios Relacionados ___________
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Naturaleza del Servicio
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Auditoría
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Revisión
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Procedimientos
convenidos |
Compilación
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Nivel comparativo de certeza provisto por el auditor
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Certeza alta, pero no absoluta
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Certeza moderada
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No Certeza
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No Certeza
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Informe proporciona
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Certeza positiva sobre aseveraciones
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Certeza o seguridad negativa sobre aseveraciones
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Descubrimien-
tos actuales de procedimientos |
Identificación de información compilada
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5. El marco de referencia no aplica a otros
servicios proporcionados por los auditores como impuestos, consultoría, y
asesoría financiera y contable.
Niveles de certeza
6. Certeza en el contexto de este marco de
referencia se refiere a la satisfacción del auditor sobre la confiabilidad de
una aseveración hecha por una de las partes para uso de otra de las partes.
Para proporcionar tal certeza, el auditor pondera la evidencia colectada como
un resultado de los procedimientos conducidos y expresa una conclusión. El
grado de satisfacción logrado y, por lo tanto, el nivel de certeza que pueda
ser proporcionado se determina por los procedimientos desarrollados y sus
resultados.
7. En un trabajo de auditoría, el auditor
proporciona un nivel alto, pero no absoluto, de certeza de que la información
sujeta a auditoría está libre de representaciones erróneas sustanciales. Esto
es expresado positivamente en el dictamen de auditoría como certeza razonable.
8. En un trabajo de revisión, el auditor
proporciona un nivel moderado de certeza de que la información sujeta a
revisión está libre de representaciones erróneas sustanciales. Esto es
expresado en la forma de certeza negativa.
9. Para procedimientos convenidos, ya que el
auditor simplemente proporciona un informe de los resultados actuales, no se
expresa opinión. En vez, los usuarios del informe ponderan por sí mismos los
procedimientos y resultados informados por el auditor y sacan sus propias
conclusiones a partir del trabajo del auditor.
10. En un trabajo de compilación, aunque los
usuarios de la información compilada deriven algún beneficio de la participación
del contador1, no se expresa certeza en el informe.
Auditoría
11. El objetivo de una auditoría de estados
financieros es hacer posible que el auditor exprese una opinión sobre si los
estados financieros están preparados, respecto de todo lo sustancial, de
acuerdo con un marco de referencia para Informes financieros identificado. Las
frases usadas para expresar la opinión del auditor son "dar un punto de
vista verdadero y justo" o "presentar razonablemente, respecto de
todo lo sustancial", son términos equivalentes. Un objetivo similar aplica
a la auditoría de información financiera o de otro tipo preparada de acuerdo
con criterios apropiados.
12. En la formación de la opinión de auditoría, el
auditor obtiene suficiente evidencia de auditoría apropiada para poder sacar
conclusiones sobre las cuales basar dicha opinión.
13. La opinión del auditor enriquece la
credibilidad de los estados financieros al proporcionar un alto, pero no
absoluto, nivel de certeza. La absoluta certeza en auditoría no es obtenible
como un resultado de factores tales como la necesidad de ejercer juicio, el uso
de pruebas, las limitaciones inherentes de cualesquier sistemas de contabilidad
y de control interno, y el hecho de que la mayor parte de la evidencia
disponible al auditor es de naturaleza más persuasiva que conclusiva.
Servicios Relacionados
Revisiones
14. El objetivo de una revisión de estados
financieros es hacer posible a un auditor[i]2 declarar si, sobre la base de procedimientos que no
proporcionan toda la evidencia que sería requerida en una auditoría, algo ha
surgido a la atención del auditor que hace que el auditor crea que los estados
financieros no están preparados, respecto de todo lo sustancial, de acuerdo con
un marco de referencia para informes financieros identificado. Un objetivo
similar aplica a la revisión de información financiera o de otro tipo preparada
de acuerdo con criterios apropiados.
Para distinguir trabajos de compilación de los
de auditoría y servicios relacionados el término "contador" (y no "auditor") ha sido usado
para referirse a un contador profesional públicamente en ejercicio.
15. Una revisión comprende investigación y
procedimientos analíticos diseñados para revisar la confiabilidad de una
aseveración que es responsabilidad de una parte para uso de otra parte. Si bien
una revisión implica la aplicación de habilidades y técnicas de auditoría y el
acopio de evidencia, no implica ordinariamente una evaluación de los sistemas
de contabilidad y de control interno, pruebas de registros y de respuestas a
investigaciones por la obtención de evidencia confirmatoria mediante
inspección, observación, confirmación y conteo, que son procedimientos
ordinariamente llevados a cabo durante una auditoría.
16. Aunque el auditor trata de darse cuenta de
todos los asuntos de importancia, los procedimientos de una revisión hacen que
el logro de este objetivo sea menos probable que en un trabajo de auditoría,
así que, el nivel de certeza provisto en un informe de revisión es
correspondientemente menor que el dado en un dictamen de auditoría.
Procedimientos Convenidos
17. En un trabajo para realizar procedimientos
convenidos, un auditor[ii]3 es contratado para llevar a cabo
dichos procedimientos de naturaleza de auditoría sobre los que el auditor y la
entidad y cualesquiera terceras partes apropiadas han convenido y a informar
sobre los resultados actuales. Los destinatarios del informe deben formarse sus
propias conclusiones a partir del informe del auditor. El informe se restringe
a aquellas partes que han convenido en que los procedimientos se realicen ya
que otros, no enterados de las razones para los procedimientos, pueden
malinterpretar los resultados.
Compilaciones
18. En un trabajo de compilación, el contador[iii]4 es contratado para que
use los conocimientos contables en oposición a los conocimientos de auditoría
para colectar, clasificar, y resumir información financiera. Esto
ordinariamente conlleva la reducción de datos detallados a una forma manejable
y comprensible sin requerirse poner a prueba las aseveraciones subyacentes a
esa información. Los procedimientos empleados no pretenden y no hacen posible
que el contador exprese ninguna certeza sobre la información financiera. Sin
embargo, los usuarios de la información financiera compilada derivan algún
beneficio como resultado de la participación del contador porque el servicio ha
sido desempeñado con la debida habilidad profesional y cuidado.
Asociación del auditor con la información financiera
19. Un auditor[iv]5 es asociado con la información financiera cuando el
auditor anexa un informe a esa información o consiente en el uso del nombre del
auditor en una relación profesional. Si el auditor no es asociado de esta
manera, las terceras partes no pueden asumir ninguna responsabilidad del
auditor. Si el auditor se enterara que una entidad está usando inapropiadamente
el nombre del auditor en asociación con información financiera el auditor
requeriría a la administración que dejara de hacerlo y consideraría qué pasos
adicionales, si fuera necesario, tendrían que darse, tales como informar a
terceras partes usuarios de la información, del uso inapropiado del nombre del
auditor en conexión con la información. El auditor puede también estimar
necesario tomar otra acción, por ejemplo, buscar asesoría legal.
Perspectiva del Sector Público
1. El
Comité del Sector Público (CSP) emite pronunciamientos dirigidos a desarrollar
y armonizar las prácticas de informes, contabilidad y auditoría financieros.
"Sector Público" se refiere a gobiernos nacionales, regionales
(estatal, provincial, territorial), locales (ciudad, población) y entidades
gubernamentales relacionadas (agencias, consejos, comisiones, y empresas). El
CSP considera y hace uso de los pronunciamientos emitidos por IAPC al grado en
que sean aplicables al sector público.
2. Los
gobiernos, las empresas de negocios del gobierno y otras entidades del sector
público distintas de los negocios, ordinariamente preparan estados financieros
para informar sobre su posición financiera (o aspectos concernientes),
resultados de operaciones y flujos de efectivo, para uso por parte de
legisladores, departamentos del gobierno, inversionistas externos, empleados,
otorgadores de préstamos, el público y otros usuarios. La auditoría de dichos
estados financieros puede ser la responsabilidad de una Institución Suprema de
Auditoría, otros organismos nombrados por estatuto o auditores en funciones.
3. Cada
vez que se ha de expresar una opinión de auditoría sobre estados financieros,
los mismos principios de auditoría aplican sin importar la naturaleza de la
entidad, porque los usuarios de los estados financieros auditados tienen
derecho a una calidad uniforme de desempeño de la auditoría. Considerando que
las NIAs exponen los principios básicos de auditoría y prácticas y
procedimientos relacionados, aplican a auditorías de los estados financieros de
los gobiernos y de otras entidades del sector público. Sin embargo, la
aplicación de ciertas NIAs puede necesitar ser clarificada o suplementada para
acomodarse a las circunstancias del sector público y a la perspectiva de
jurisdicciones individuales, particularmente al referirse a las auditorías de
gobiernos y de otras entidades del sector público, distintas de las de
negocios. La naturaleza de asuntos potenciales para clarificación o
suplementación se identifica en "Perspectiva del Sector Público"
(PSP) incluida al final de cada NIA.
4. Los
estados financieros de gobiernos, empresas de negocios del gobierno y otras
entidades del sector público distintas de los negocios, pueden incluir
información que es diferente de, o adicional a, la contenida en los estados
financieros de las entidades del sector privado (por ejemplo, comparaciones de
desembolsos en el periodo con límites establecidos por la legislación). En
tales circunstancias, pueden requerirse modificaciones apropiadas a la
naturaleza, tiempos y extensión de los procedimientos de auditoría y del
informe del auditor.
5. Más
aún, a los gobiernos y las entidades del sector público distintas de los
negocios, así como a algunas empresas de negocios del gobierno, se les requiere
un logro de prestación de servicios así como de objetivos financieros. Para
dichas entidades, los estados financieros, por sí mismos, es poco probable que
informen adecuadamente sobre todos los aspectos del comportamiento de la
entidad. Consecuentemente, puede requerirse a estas entidades del sector
público que incluyan en su informe anual otros indicadores de comportamiento
relacionados a asuntos como niveles de productividad, calidad y volumen del
servicio, y el grado al cual los objetivos de la prestación de servicios en
particular han sido logrados. No se supone que la PSP incluida en las NIAs
aplique a la auditoría de tal información.
6. Además, se puede requerir a
los auditores de entidades del sector público que informen sobre:
(a) cumplimiento con los requisitos
legislativos o reguladores y con autoridades relacionadas;
(b) adecuación de los sistemas de
contabilidad y de control interno; y
(c) la economía, eficiencia y efectividad de
los programas, proyectos y actividades.
Las PSPs tampoco aplican a dichos informes.
7. Si
no se añade una PSP al final de una NIA, la NIA es aplicable respecto de todo
lo sustancial a la auditoría de estados financieros en el sector público.
[i]2 Según
se explicó en el párrafo 2, el término auditor se usa cuando se describen tanto
la auditoría como los servicios relacionados. Dicha referencia no pretende
implicar que una persona que desempeña los servicios relacionados necesita ser
el auditor de los estados financieros de la entidad.