NIA 250 Consideracion De Leyes Y Reglamentos En Una Auditoría De Estados Financieros
CONTENIDO
Párrafos
Introducción 1-8
Responsabilidad de la administración
del cumplimiento con leyes y reglamentos 9-10
del cumplimiento con leyes y reglamentos 9-10
Consideración del auditor del cumplimiento
con leyes y reglamentos 11-31
con leyes y reglamentos 11-31
Reporte de incumplimiento 32-38
Retiro del trabajo 39-40
Apéndice: Indicaciones de que puede haber ocurrido
incumplimiento
Las Normas Internacionales de
Auditoría (NIAs) se deberán aplicar en la auditoría de los estados
financieros. Las NIAs deberán también aplicarse, adaptadas según sea necesario,
a la auditoría de otra información y a los servicios relacionados.
Las NIAs contienen los
principios básicos y los procedimientos esenciales (identificados en letra
negra) junto con lineamientos relacionados en forma de material explicativo o
de otro tipo. Los principios básicos y los procedimientos esenciales se
deberán interpretar en el contexto del material explicativo y de otro tipo
que proporciona lineamientos para su aplicación.
Para comprender y aplicar los
principios básicos y los procedimientos esenciales junto con los lineamientos
relacionados, es necesario considerar el texto íntegro de la NIA incluyendo
el material explicativo y de otro tipo contenido en la NIA, y no sólo el
texto resaltado en negro.
En circunstancias
excepcionales, un auditor puede juzgar necesario apartarse de una NIA para
lograr en forma más efectiva el objetivo de una auditoría. Cuando surge una
situación así, el auditor deberá estar preparado para justificar la
desviación.
Las NIAs necesitan ser
aplicadas sólo a asuntos de importancia relativa.
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La
Perspectiva del Sector Público (PSP) emitida por el Comité del Sector Público
de la Federación Internacional de Contadores se expone al final de una NIA.
Cuando no se añade PSP, la NIA es aplicable, respecto de todo lo importante,
al sector público.
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Introducción
1. El propósito de esta Norma Internacional de
Auditoría (NIA) es establecer normas y proporcionar lineamientos sobre la
responsabilidad del auditor de considerar las leyes y reglamentos en una
auditoría de estados financieros.
2. Cuando planea y desempeña procedimientos
de auditoría y cuando evalúa y reporta los resultados consecuentes, el auditor
deberá reconocer que el incumplimiento por parte de la entidad con leyes y
reglamentos puede afectar sustancialmente a los estados financieros. Sin embargo, no puede esperarse que una
auditoría detecte incumplimiento con todas las leyes y reglamentos. La
detección de incumplimiento, sin considerar la importancia relativa, requiere
consideración de las implicaciones para la integridad de la administración o
empleados y el posible efecto en otros aspectos de la auditoría.
3. El término "incumplimiento" según
se usa en esta NIA se refiere a actos de omisión o comisión por la entidad que
está siendo auditada, ya sea intencionales o no intencionales, que son
contrarios a las leyes y reglamentos vigentes. Tales actos, incluyen
transacciones asumidas por, o a nombre de, la entidad o por su cuenta por parte
de la administración o empleados. Para propósitos de esta NIA, el
incumplimiento no incluye una falta de conducta personal (no relacionada con
las actividades del negocio de la entidad) por parte de las administración o empleados
de la entidad.
4. Si un acto constituye incumplimiento o no, es
una determinación legal que está ordinariamente más allá de la competencia
profesional del auditor. El entrenamiento y experiencia del auditor y su comprensión
de la entidad y su industria pueden proporcionar una base para el
reconocimiento de que algunos actos que llegan a atención del auditor pueden
constituir incumplimiento con las leyes y reglamentos. La determinación de si
un acto particular constituye o es probable que constituya incumplimiento se
basa generalmente en el consejo de un experto informado y calificado para
practicar la ley, pero en última instancia sólo puede ser determinado por una
corte de justicia.
5. Las leyes y reglamentos varían
considerablemente en su relación con los estados financieros. Algunas leyes o
reglamentos determinan la forma o contenido de los estados financieros de una
entidad o los montos que se deben registrar o revelaciones que se deben hacer
en los estados financieros. Debe cumplirse con otras leyes o reglamentos por
parte de la administración o dichas leyes establecen las provisiones bajo las
cuales se permite a la entidad conducir su negocio. Algunas entidades operan en
industrias fuertemente reguladas (como bancos y compañías químicas). Otras
están sujetas sólo a las muchas leyes y reglamentos que generalmente se
relacionan con los aspectos de operación del negocio (como las que se refieren
a seguridad y salud en el trabajo y a
empleos iguales). El incumplimiento con las leyes y reglamentos podría resultar
en consecuencias financieras para la entidad como multas, litigios, etc.
Generalmente, mientras más alejado está el incumplimiento de los eventos y
transacciones ordinariamente reflejados en los estados financieros, menos
probable que el auditor se entere del mismo o que reconozca su posible
incumplimiento.
6. Las leyes y reglamentos varían de país a
país. Por lo tanto, es probable que las normas nacionales de contabilidad y de
auditoría, sean más específicas según la relevancia de las leyes y reglamentos
para una auditoría
7. Esta NIA aplica a las auditorías de estados
financieros y no aplica a otros trabajos en los que el auditor se comprometa
específicamente a poner a prueba y reportar por separado sobre el cumplimiento
con leyes o reglamentos específicos.
8. Los lineamientos sobre la responsabilidad del
auditor de considerar fraude y errores en una auditoría de estados financieros
se proporcionan en NIA "Fraude y Error".
Responsabilidad de la Administración del Cumplimiento con Leyes y Reglamentos
9. Es responsabilidad de la administración
asegurar que las operaciones de la entidad se conducen de acuerdo con las leyes
y reglamentos. La responsabilidad por la prevención y detección de
incumplimiento descansa en la administración
10. Las siguientes políticas y procedimientos,
entre otros, pueden auxiliar a la administración para descargar sus
responsabilidades de la prevención y detección de incumplimiento
• Monitorear
los requisitos legales y asegurar que los procedimientos de operación están
diseñados para cumplir con esos requisitos.
• Instituir
y operar sistemas apropiados de control interno.
• Desarrollar,
hacer público, y seguir un código de conducta
• Asegurar
que los empleados están apropiadamente entrenados y comprenden el código de
conducta
• Monitorear
el cumplimiento del código de conducta y actuar apropiadamente para disciplinar
a los empleados que dejan de cumplir con él
• Contratar
asesores legales para auxiliar en el monitoreo de los requisitos legales.
• Mantener
un registro de leyes importantes con las que la entidad tiene que cumplir
dentro de su industria particular y un registro de quejas.
En entidades más grandes, estas políticas y
procedimientos pueden ser suplementados asignando responsabilidades apropiadas
a:
• Una
función de auditoría interna.
• Un comité de auditoría.
Consideración del auditor del cumplimiento con leyes y reglamentos
11. El auditor no
es, y no puede ser considerado, responsable de prevenir el incumplimiento. El
hecho de que se lleve a cabo una auditoría anual puede, sin embargo, actuar
como una fuerza disuasiva o freno.
12. Una auditoría
está sujeta al inevitable riesgo de que algunas representaciones erróneas de
importancia relativa de los estados financieros no sean detectadas. aún cuando
la auditoría esté apropiadamente planeada y desempeñada de acuerdo con NIAs.
Este riesgo es más alto respecto de representaciones erróneas de importancia
relativa resultantes de incumplimiento con leyes y reglamentos debido a factores
como:
• Hay muchas leyes y reglamentos,
que se refieren principalmente a los aspectos de operación de la entidad, que
típicamente no tienen un efecto importante sobre los estados financieros y no
son capturadas por los sistemas de contabilidad y de control interno.
• La efectividad de los
procedimientos de auditoría es afectada por las limitaciones inherentes de los
sistemas de contabilidad y de control interno y por el uso de comprobaciones..
• Mucha de la evidencia obtenida
por el auditor es de naturaleza persuasiva y no conclusiva..
• El incumplimiento puede
implicar conducta que tiene la intención de ocultarlo, como colusión,
falsificación, falta deliberada de registro de transacciones, el que la
administración senior sobrepase los controles, o representaciones erróneas
intencionales hechas al auditor.
13. De acuerdo
con NIA "Objetivo y Principios Generales que Gobiernan una Auditoría de
Estados Financieros", el auditor deberá planear y desempeñar la auditoría
con una actitud de escepticismo profesional reconociendo que la auditoría puede
revelar condiciones o eventos que llevarían a cuestionarse si una entidad está
cumpliendo con leyes y reglamentos.
14. De acuerdo con
requerimientos estatutarios específicos, se puede requerir al auditor que
reporte como parte de la auditoría de estados financieros si la entidad cumple
con ciertas provisiones de leyes o reglamentos. En estas circunstancias, el
auditor planearía someter a prueba el cumplimiento con estas provisiones de las
leyes y reglamentos
15. Para
planear la auditoría, el auditor deberá obtener una comprensión general del
marco de referencia legal y regulador aplicable a la entidad y la industria y
cómo la entidad está cumpliendo con dicho marco de referencia.
16. Para obtener
esta comprensión general, el auditor reconocería particularmente que algunas
leyes y reglamentos pueden tener un efecto fundamental sobre las operaciones de
la entidad. O sea, el incumplimiento con ciertas leyes y reglamentos puede
causar que la entidad cese en sus operaciones, o poner en cuestionamiento la
continuidad de la entidad como un negocio en marcha. Por ejemplo, el
incumplimiento con los requerimientos de la licencia de la entidad u otro
título para desempeñar sus operaciones podría tener un impacto tal (por
ejemplo, para un banco, el incumplimiento con requisitos sobre el capital o las
inversiones).
17. Para obtener
la comprensión general de leyes y reglamentos, el auditor ordinariamente
tendría que:
• Usar el conocimiento existente
de la industria y negocio de la entidad.
• Averiguar con la administración
respecto de las políticas y procedimientos de la entidad referentes al
cumplimiento con leyes y reglamentos.
• Averiguar con la administración
sobre las leyes o reglamentos que puede esperarse tengan un efecto fundamental
sobre las operaciones de la entidad.
• Discutir con la administración
las políticas o procedimientos adoptados para identificar, evaluar y
contabilizar las demandas de litigio y las evaluaciones.
• Discutir el marco de referencia
legal y reglamentario con los auditores de subsidiarias en otros países (por
ejemplo, si se requiere que la subsidiaria se adhiera a los reglamentos de
valores de la compañía tenedora).
18. Después de
obtener la comprensión general, el auditor deberá desempeñar procedimientos
para ayudar a identificar casos de incumplimiento con aquellas leyes y
reglamentos en donde debe considerarse el incumplimiento al preparar los
estados financieros, específicamente:
• Averiguar con la administración
si la entidad está en cumplimiento con dichas leyes y reglamentos.
• Inspeccionar correspondencia
con las principales autoridades que otorgan licencias o imponen reglamentos.
19. Más aún, el
auditor deberá obtener suficiente evidencia apropiada de auditoría sobre el
cumplimiento con aquellas leyes y reglamentos que el auditor generalmente
reconoce que tienen un efecto sobre la determinación de montos sustanciales y
revelaciones en los estados financieros. El auditor debería tener una
suficiente comprensión de estas leyes y reglamentos para considerarlas cuando
audita las aseveraciones relacionadas a la determinación de montos que van a
ser registrados y las revelaciones que van a ser hechas.
20. Dichas leyes y
reglamentos deberán estar bien establecidos y ser conocidos por la entidad y
dentro de la industria; deberían ser consideradas recurrentemente cada vez que
se emitan estados financieros. Estas leyes y reglamentos, pueden relacionarse,
por ejemplo, a la forma y contenido de los estados financieros, incluyendo
requerimientos específicos de la industrias; a la contabilización de
transacciones bajo contratos de gobierno; o a la acumulación o reconocimiento
de gastos para impuestos sobre la renta o costos por pensiones
21. Aparte de los
descrito en los párrafos 18,19,y 20, el auditor no somete a prueba ni desempeña
otros procedimientos sobre el cumplimiento de la entidad con leyes y
reglamentos ya que esto quedaría fuera del alcance de una auditoría de estados
financieros
22. El auditor
deberá estar alerta al hecho de que los procedimientos aplicados con el
propósito de formarse una opinión sobre los estados financieros pueden traer a
la atención del auditor casos de posible incumplimiento con leyes y
reglamentos. Por ejemplo, dichos
procedimientos incluyen la lectura de minutas; averiguaciones con la
administración de la entidad y asesores legales respecto de litigios, demandas
y avalúos; y llevar a cabo pruebas sustantivas de detalles de transacciones o
balances.
23. El auditor
debería obtener representaciones escritas de que la administración ha revelado
al auditor todos los incumplimientos reales o posibles conocidos, con las leyes
y reglamentos cuyos efectos deberían considerarse al preparar los estados
financieros.
24. En ausencia de
evidencia en contrario, el auditor tiene derecho a asumir que la entidad está
en cumplimiento con estas leyes y reglamentos.
Procedimientos
cuando se descubre incumplimiento
25. El apéndice a
esta NIA expone ejemplos del tipo de información que podría venir a la atención
del auditor que podría indicar incumplimiento.
26. Cuando el
auditor se da cuenta de información concerniente a un posible caso de
incumplimiento, el auditor debería obtener una comprensión de la naturaleza del
acto y las circunstancias en las que ha ocurrido, y otra información suficiente
para evaluar el posible efecto sobre los estados financieros.
• Las potenciales consecuencias
financieras, como multas, castigos, daños, amenaza de expropiación de activos,
discontinuación forzosa de operaciones y litigios.
• Si las potenciales
consecuencias financieras requieren revelación.
• Si las potenciales
consecuencias financieras son tan serias como para cuestionar el punto de vista
justo y verdadero (presentación razonable) dado por los estados financieros.
28. Cuando el
auditor cree que puede haber incumplimiento, el auditor debería documentar los
resultados y discutirlos con la administración. La documentación de
resultados incluye copias de registros y documentos y la elaboración de minutas
de las conversaciones, si fuera apropiado.
29. Si la
administración no proporciona información satisfactoria de que de hecho hay
cumplimiento, el auditor consultaría con el abogado de la entidad sobre la
aplicación de las leyes y reglamentos a las circunstancias y los posibles
efectos sobre los estados financieros. Cuando no se considere apropiado
consultar con el abogado de la entidad o cuando el auditor no esté satisfecho
con la opinión, el auditor consideraría consultar al propio abogado del auditor
sobre si se implica una violación de una ley o reglamento, las posibles
consecuencias legales y cual acción adicional, si hay alguna, debería tomar el
auditor.
30. Cuando no
puede obtenerse información adecuada sobre el incumplimiento sospechado, el
auditor deberá considerar el efecto de la falta de evidencia de auditoría sobre
el dictamen del auditor.
31. El auditor
debería considerar las implicaciones de incumplimiento en relación a otros
aspectos de la auditoría, particularmente la confiabilidad de las
representaciones de la administración.
A este respecto, el auditor reconsidera la evaluación del riesgo y la
validez de las representaciones de la administración, en caso de incumplimiento
no detectado por los controles internos o no incluido en las representaciones
de la administración. Las implicaciones de casos particulares de incumplimiento
descubiertos por el auditor dependerán de la relación de la perpetración y
ocultamiento, si los hay, del acto con los procedimientos específicos de
control y el nivel de la administración o empleados involucrados.
Informe de Incumplimiento
A la administración
32. El auditor
debería, tan pronto sea factible, ya sea comunicarse con el comité de
auditoría, el consejo de directores y ejecutivos senior, u obtener evidencia de
que están apropiadamente informados, respecto del incumplimiento que viene a la
atención del auditor. Sin embargo,
el auditor no necesita hacerlo así para asuntos que son claramente sin
consecuencia o triviales y puede llegar a un acuerdo por adelantado sobre la
naturaleza de los asuntos que deberán comunicarse.
33. Si a juicio
del auditor se cree que el incumplimiento es intencional y de importancia
relativa, el auditor debería comunicar el resultado sin demora.
34. Si el
auditor sospecha que miembros senior de la administración, incluyendo miembros
del consejo de directores, están involucrados en el incumplimiento, el auditor
deberá reportar el asunto al nivel superior inmediato de autoridad en la
entidad, si existe, como un comité de auditoría o un consejo de
supervisión. Donde no exista
autoridad más alta, o si el auditor cree que puede no tomarse acción sobre el
reporte o está inseguro sobre a cual persona reportarle, el auditor considerará
buscar asesoría legal.
A los
usuarios del dictamen del auditor sobre los estados financieros
35. Si el
auditor concluye que el incumplimiento tiene un efecto sustancial sobre los
estados financieros, y no ha sido apropiadamente reflejado en los estados
financieros, el auditor debería expresar una opinión calificada o una opinión
adversa.
36. Si el
auditor es impedido por la entidad de obtener suficiente evidencia apropiada de
auditoría para evaluar si ha ocurrido o es probable que ocurra incumplimiento
que sea de importancia relativa para los estados financieros, el auditor
debería expresar una opinión calificada o una abstención de opinión sobre los
estados financieros basado en una limitación al alcance de la auditoría.
37. Si no le es
posible al auditor determinar si ha ocurrido incumplimiento a causa de las
limitaciones impuestas por las circunstancias y no por la entidad, el auditor
deberá considerar el efecto sobre el dictamen del auditor.
A las autoridades
reguladoras y ejecutorias
38. El deber de
confidencialidad del auditor ordinariamente le imposibilitaría reportar
incumplimiento a una tercera parte. Sin embargo, en ciertas circunstancias, ese
deber de confidencialidad es sobrepasado por el estatuto, la ley o por las
cortes de justicia (por ejemplo, en algunos países se requiere al auditor que
reporte incumplimiento de las instituciones financieras a las autoridades
supervisoras). El auditor puede necesitar buscar asesoría legal en tales
circunstancias, dando debida consideración a la responsabilidad del auditor
hacia el interés público.
Retiro del Trabajo
39. El auditor
puede concluir que el retiro del trabajo es necesario cuando la entidad no toma
acción para el remedio que el auditor considera necesario en las
circunstancias, aún cuando el incumplimiento no sea de importancia relativa
para los estados financieros. Los factores que afectarían la conclusión del
auditor incluyen las implicaciones del involucramiento de la más alta autoridad
dentro de la entidad que pueden afectar la confiabilidad de las
representaciones de la administración, y los efectos sobre el auditor respecto
de continuar la asociación con la entidad. Para llegar a esta conclusión, el
auditor ordinariamente buscaría asesoría legal.
40. Según se
declara en el "Código de Etica para Contadores Profesionales" emitido
por la Federación Internacional de Contadores, al recibo de un requerimiento
por parte del auditor propuesto, el auditor existente debería comunicar si hay
cualesquiera razones profesionales de por qué el auditor propuesto no debería
aceptar el nombramiento. El grado al
cual un auditor existente puede discutir los asuntos de un cliente con un
auditor propuesto dependerá de si se ha obtenido permiso del cliente y/o de los
requerimientos legales o éticos que aplican en cada país en relación a dicha
revelación. Si hay algunas de estas razones u otros asuntos que necesiten ser
revelados, el auditor existente, tomando en cuenta las restricciones legales y
éticas incluyendo el apropiado permiso del cliente, daría detalles de la
información y discutiría libremente con el auditor propuesto todos los asuntos
relevantes al nombramiento. Si el permiso del cliente para discutir sus
asuntos con el auditor propuesto es negado por el cliente, ese hecho debería
revelarse al auditor propuesto.
Perspectiva del Sector Público
1. Muchos trabajos del sector público
incluyen responsabilidades de auditoría adicionales respecto de la
consideración de leyes y reglamentos. Aún si las responsabilidades del auditor
no se extienden más allá de las del auditor del sector privado, las
responsabilidades para reportes pueden ser diferentes ya que el auditor del
sector público puede estar obligado a reportar sobre casos de incumplimiento a
las autoridades que gobiernan o reportarlos en el dictamen de auditoría.
(Respecto de entidades del sector público, el Comité del Sector Público tiene
intención de suplementar los lineamientos incluidos en esta NIA con un
Estudio).
APÉNDICE: Indicaciones de que Puede Haber Ocurrido Incumplimiento
Abajo se listan
ejemplos del tipo de información que puede llamar la atención del auditor que
puede indicar que ha ocurrido incumplimiento con leyes o reglamentos:
• Investigación por departamentos
del gobierno o pago de multas o castigos..
• Pagos por servicios no
especificados o préstamos a consultores, partes relacionadas, empleados o
empleados del gobierno..
• Comisiones de ventas u
honorarios a agentes que parecen excesivos en relación con los ordinariamente
pagados por la entidad o en su industria o con los servicios realmente
recibidos.
• Compras a precios notablemente
por encima o por debajo del precio de mercado.
• Pagos inusuales en efectivo,
compras en forma de cheques de caja pagaderos al portador o transferencias a
cuentas bancarias numeradas.
• Transacciones inusuales con
compañías registradas en paraísos fiscales
• Pagos por bienes o servicios
hechos a algún país distinto del país de origen de los bienes o servicios..
• Pagos sin documentación
apropiada de control de cambios.
• Existencia de un sistema
contable que falla, ya sea por diseño o por accidente, en dar un rastro de
auditoría adecuado o suficiente evidencia
• Transacciones no autorizadas o
transacciones registradas en forma impropia
• Comentarios
en los medios noticiosos.
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